MNEMO DISCRIMINA Y ACOSA ECONOMICAMENTE A 4 TRABAJADORES

MNEMO DISCRIMINA Y ACOSA ECONOMICAMENTE A 4 TRABAJADORES POR EJERCER SU DERECHO A REDUCCION DE JORNADA Y CONCILIACION LABORAL CON VIDA FAMILIAR, CAUSANDO UN LARGO PROCESO JUDICIAL JUNTO CON DENUNCIA VIA INSPECCION DE TRABAJO EN CURSO

Cuatro trabajadores que prestaban sus servicios en la empresa de servicios tecnológicos MNEMO, encontrándose en situación laboral de reducción de jornada por guarda legal de menores o cuidado de familiar, se vieron despedidos en Noviembre de 2012. Los cuatro afectados interpusieron demanda y tras la vista oral se estimó despido NULO por sentencia de 11 de abril de 2013. Así las cosas, la empresa demandada dio de alta a los trabajadores, consignando en la cuenta del juzgado los salarios de tramitación y los que se han venido devengando desde mayo de 2013, mientras Mnemo recurría la sentencia dilatando injustificadamente el tiempo entre los pagos. Dichos pagos se han producido con retrasos de varios meses, junto a continuos errores en las transacciones y comunicados incorrectos al juzgado, que han ocasionado graves perjuicios económicos a los trabajadores, con el propósito de que éstos cediesen en su legítima reclamación. Por un defecto de forma, en Febrero de 2014 el TSJ de Madrid dictó sentencia anulando la de primera instancia dictada por el Juzgado nº 9 de lo Social de Madrid, para que se volviera a dictar nueva sentencia o dando opción a que los trabajadores recurran dicha sentencia al Tribunal Supremo. Los trabajadores interponen recurso de Casación ante el Tribunal Supremo momento el cual MNEMO da de baja en la SSGG a los 4 trabajadores y deja de pagarles las nóminas a través del juzgado. El Juzgado nº 9 de lo Social de Madrid comunica en un auto a MNEMO que mientras duré el recurso al Tribunal Supremo debe dar de alta en la SSGG y seguir pagando las nóminas a los trabajadores. Dicho auto es recurrido por MNEMO interponiendo un recurso en la Sección 5a del TSJ de Madrid en el mes de Septiembre esperando en la actualidad la resolución de dicho recurso.

Para seguir la evolución de esta lucha: resistiendoamnemo

En todo este tiempo la empresa ha cometido graves irregularidades hacia los cuatro trabajadores, que se relatan a continuación:

  • La demandada ha dejado de abonar a los trabajadores la paga extraordinaria de diciembre de 2013, amparándose sólo en la sentencia del TSJ de Madrid, cuando ésta es de fecha posterior a la generación y devengo de la indicada paga, no habiéndose abonado a los trabajadores hasta la fecha.
  • Amparándose también en la sentencia del TSJ de Madrid, la empresa procedió a dar de baja a los trabajadores en la SSGG (comunicado por mensaje SMS enviado por la Tesorería de la Seguridad Social en abril de 2014 tendiendo como fecha de efecto de baja el 25 de febrero de 2014) y dejó de pagarles las nóminas a través del juzgado. A partir de ahí los trabajadores tuvieron que volver a apuntarse al paro para cobrar el subsidio, el cual, debido al largo periodo de tiempo, se ha ido agotando y han tenido que solicitar la prestación no contributiva.
  • A raíz de dicha comunicación, los trabajadores han tenido conocimiento que desde el día de la sentencia hasta el día 25 de febrero de 2014, la empresa demandada no ha procedido a realizar las retenciones de IRPF, ni a la cotización a la Seguridad Social de los salarios abonados.
  • La empresa tampoco ha procedido a ingresar el finiquito correspondiente a la parte proporcional de las pagas extraordinarias ni de los días de vacaciones no disfrutadas. Tampoco ha observado los requisitos formales, siendo que no se ha entregado el certificado de empresa, documento preceptivo para la solicitud de la prestación por desempleo, poniendo a los cuatro afectados en situación de grave desamparo económico.
  • Respecto de los certificados de retenciones, la empresa tampoco ha hecho entrega a los trabajadores de los correspondientes al año 2013 y 2014.
  • No se han enviado a los trabajadores las nóminas correspondientes al periodo comprendido entre mayo de 2013 y febrero de 2014.
  • Los trabajadores no pueden ponerse a trabajar por cuenta ajena ya que con ello se perdería fuerza en dicha demanda. Viendo que el proceso en el Supremo puede alargarse más tiempo, sin tener garantizado el cobro de los salarios de tramitación reclamados en el TSJ y observando que se agotan tanto el subsidio como la prestación no contributiva, los trabajadores exponen su preocupación ante una posible situación crítica tanto para ellos como para sus familias.
  • – Se sabe que MNEMO sigue despidiendo a trabajadores, con finiquitos “extraños” (pagados hasta en dos veces) y sin tener ninguna defensa sindical. Así pues todo lo anterior, son actuaciones constitutivas de múltiples infracciones consignadas en la LISOS, así como de la decisión unilateral tomada por la empresa el pasado 25 de febrero de 2014. Por todo ello, la representante legal de los 4 trabajadores realizó una denuncia ante la Inspección de Trabajo en abril de 2014, lo que se suma al proceso judicial iniciado en noviembre de 2012 cuando despidieron vilmente al grupo de trabajadores que tenían reducción de jornada.

Los cuatro afectados siguen firmes en sus legítimas reclamaciones, resistiendo estoicamente en años de lucha por sus derechos laborales, y se reafirman en su voluntad de continuar el proceso.

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