Gracias compañerxs
Compañerxs A todxs aquellos que a lo largo de la semana pasada habeis compartido con nosotros vuestra situación, gracias, hacéis nuestro trabajo mucho mas efectivo. Desde la sección sindical, vamos a tratar la cuestión con la dirección de la empresa, otra vez, pero la solución está en vuestras manos. El artículo 34.8 del Estatuto de los trabajadores establece que las solicitudes de adaptación en la forma de prestación del trabajo deben ser razonables y proporcionadas con las necesidades organizativas o productivas de Alten, no la de sus clientes. Es el problema de las “cárnicas”, empresas que contratan personal sólo para destinarlo en una empresa cliente, es decir, no venden servicios sino personas (carne). Que sea la empresa cliente la que determine la posibilidad o no de realizar teletrabajo se suma a la lista de hechos que evidenciarían una cesión ilegal (Art. 43 del ET).
No obstante, tanto nuestros derechos como la prudencia que los tiempos que corren requiere están muy por encima de la débil línea que separa lo legal de lo ilegal en la que se mueve nuestra contratradora. Por este motivo, os animamos a pelear por ellos, por vuestro bienestar, en definitiva por vuestra salud y la de los que comparten vuestras vidas que es lo mas importante. Como ya os hemos trasladado en numerosas ocasiones, el teletrabajo en particular y las medidas de conciliación familiar han venido para quedarse, pero para ello es necesaria nuestra lucha, la pelea continuada por nuestros derechos. Debemos solicitar las reducciones de jornada necesarias para adaptar nuestro trabajo a las condiciones óptimas de nuestra vida y no al contrario, en caso de la ausencia de contestación insistencia y finalmente las demandas…… no tengáis miedo a ellas, nosotrxs os ayudaríamos en todo momento y aviso a navegantes……. Las demandas te protegen, el silencio te perjudica. Debemos animaros desde esta sección también a uniros, a luchar en grupo, a que todxs los compañeros de un mismo cliente llevéis a cabo tanto solicitudes como demandas conjuntas, sin fisuras….. es a lo que realmente tienen miedo. Para finalizar, os ofrecemos un artículo publicado y enviado a todxs el 26 de julio de este año que os puede ser de utilidad. http://www.cgtaltenmadrid.es/conciliacion-familiar-teletrabajo-art-34-8/
Conciliacion Familiar, teletrabajo, art.34.8 – Sección Sindical CGT ALTEN Madrid www.cgtaltenmadrid.es El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y en la ocupación, ha modificado el apartado… |
Estamos para luchar con vosotros, es vuestra defensa, vuestra protección, en definitiva, vuestra salud