Aclaraciones sobre horarios para la formación

Compañerxs.

Emitimos este nuevo comunicado para aclarar una duda que se da muy a menudo sobre si la formación,  debe ser en horario laboral o no. Sobra decir que esta Sección Sindical considera que todas las horas de formación de cursos incluidos en los Planes de Formación desarrollados por ALTEN deben ser impartidos o bien en el transcurso del tiempo destinado al trabajo o bien debe ser compensado en caso de hacerse fuera de este.

No obstante, debemos transmitiros, no solo nuestra convicción y por tanto uno de los objetivos de nuestra lucha diaria en este campo, sino también lo que se establece en la norma.

Para comenzar debemos diferenciar claramente entre:

  • Formación obligatoria (en prevención de riesgos laborales o por necesidad o conveniencia de la empresa como solicitudes de cliente o certificaciones necesarias y exigidas.).
  • Formación voluntaria, no exigida por la empresa o el cliente para la realización de su trabajo.

Esta diferenciación es la que tiene efectos claros sobre el horario. En el primero de los casos, el proceso formativo debe ser dentro del horario laboral o por el contrario debe ser abonado como horas extras.

En el segundo de los casos, al no existir dicha obligatoriedad, los cursos podrán ser fuera de la jornada. Estos, siempre serán voluntarios, nunca la empresa podrá obligaros a recibirlos.

A continuación un cuadro aclaratorio:

 

Exigidos por la empresa Obligatorios. Dentro del horario laboral o remuneración en tiempo u horas extras
Solicitados por el trabajador Voluntarios Fuera del horario laboral

 

Si en tu entorno se da alguna irregularidad en este sentido ponte en contacto con nosotros en cgtaltenmadrid@gmail.com

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