Acuerdo de teletrabajo
Firmar un acuerdo individual entre trabajador/a y ALTEN es obligatorio si se va a teletrabajar más del 30% de la jornada. Además, ello permitirá recibir en nómina una compensación de, al menos, 17€ mensuales en concepto de compensación de gastos por trabajar desde tu domicilio el 100% de la jornada o una cantidad proporcional si realizas en esta modalidad un porcentaje diferente.
La normativa y el procedimiento para solicitar el teletrabajo está en la intranet: https://altengroup.omniacloud.net/_/spain/employee-guide/procedimiento-para-la-implantacion-del-trabajo-a-distancia
En primer lugar, debes cumplimentar y enviar una solicitud. En un plazo de 15 días la empresa, por escrito, comunicará la aceptación de la petición. En caso contrario, planteará una propuesta alternativa.
Tanto si la empresa no contesta, como si no estás conforme con la propuesta recibida, puedes acudir a la jurisdicción social para reclamar que se atienda tu solicitud. En estos casos se establece un procedimiento rápido que podría estar resuelto en el plazo de 2 meses.
Finalmente, debe mediar un acuerdo firmado por ambas partes donde se establezcan las condiciones como, por ejemplo, la cantidad a percibir en concepto de compensación de gastos, material que proporciona la empresa, o los plazos de preaviso para revertir esta modalidad.
Recordad que tanto la empresa como la persona trabajadora pueden finalizar con esta forma de realizar el trabajo. En este supuesto, de nuevo, la empresa deberá argumentar los motivos que le lleven a tomar esta decisión.